Política anticorrupción
La política tiene como objetivo desarrollar el apartado del Código Ético correspondiente a la corrupción, detallando la aplicación del modelo de prevención y control de delitos de la empresa. Define comportamientos a evitar y los elementos clave para prevenir la corrupción en todos los niveles y ámbitos de la empresa.
Ámbito de Aplicación
Ámbito personal: Aplica a todos los niveles de la empresa, incluyendo órganos de administración, cargos directivos, órganos de control y todo el personal.
Ámbito geográfico: Aplica a todas las relaciones públicas y privadas de la empresa en cualquier ámbito geográfico, tanto local como internacional.
Corrupción Pública
La empresa establece principios de transparencia e igualdad de oportunidades en sus relaciones con el sector público, prohibiendo cualquier acto que busque obtener ventajas indebidas. Esto incluye:
- No ofrecer dinero, regalos o beneficios a funcionariado públicos para obtener ventajas.
- Prohibir la solicitud o aceptación de ventajas a cambio de favores por parte de funcionarios.
- Involucrar a un mínimo de dos personas directivas en negociaciones con administraciones públicas y registrar estas negociaciones.
- Extender estas prohibiciones a funcionariado de la Unión Europea, otros estados miembros, familiares de cargos públicos y personas que puedan alcanzar puestos relevantes.
Corrupción Privada
La empresa basa su actuación en los principios de libre competencia e igualdad de oportunidades en el mercado local. Prohíbe:
- Ofrecer dinero, regalos o beneficios a directiva de otras empresas para obtener ventajas.
- Aceptar ofrecimientos de directiva para realizar actos a favor de la empresa a cambio de ventajas.
- Estas prohibiciones también se extienden a familiares y futura directiva.
Corrupción Internacional
Se prohíbe categóricamente cualquier forma de corrupción tanto en el ámbito público como privado cuando se trata de relaciones internacionales. Esto abarca cualquier interacción con funcionariado gubernamental extranjero o ejecutiva de empresas con base en otros países.
Tráfico de Influencias
- Se establece una prohibición estricta contra cualquier actividad destinada a influir en las decisiones de funcionariado público extranjero mediante relaciones personales o el empleo de intermediarios. Esta prohibición se aplica tanto a la influencia directa como a la indirecta, incluyendo la aceptación de ofertas de terceros o la utilización de servicios de intermediarios para este propósito.
- Se prohíbe específicamente el tráfico de favores y de cargos, así como el uso de violencia o intimidación con el fin de obtener un trato preferencial. También se prohíbe el aprovechamiento de relaciones personales para obtener beneficios indebidos en contextos internacionales.
Relación con Partidos Políticos
La empresa se compromete a cumplir con las leyes de financiación de partidos políticos en todas las jurisdicciones relevantes. Como parte de este compromiso, se prohíbe explícitamente:
- Realizar donaciones directas a partidos políticos o a sus fundaciones.
- Realizar compras de productos o servicios cuyos beneficios vayan destinados a partidos políticos.
- Participar en proyectos de patrocinio o mecenazgo sin verificar previamente que no estén relacionados con la financiación de partidos políticos.
- Colaborar con grupos de influencia relacionados con partidos políticos sin la aprobación previa del Comité de Compliance.
Donaciones, Financiaciones, Patrocinios y Mecenazgos
- Antes de realizar cualquier tipo de donación o participar en proyectos de patrocinio, mecenazgo u otras actividades similares, se aplicará un protocolo de verificación riguroso. Este protocolo incluirá los siguientes pasos:
- Evaluación de la solicitud o propuesta.
- Aprobación por parte de las autoridades competentes.
- Entrega de fondos o recursos de acuerdo con las condiciones establecidas.
- Seguimiento continuo para garantizar que los fondos se utilicen de manera transparente y para los fines previstos.
- Se establecerán criterios estrictos de transparencia y trazabilidad para todas las actividades de donación o financiación, asegurando que los fondos se destinen a proyectos que beneficien a la sociedad, la cultura, la ciencia, la salud, el medio ambiente y las personas desfavorecidas. Además, el Compliance Officer verificará que las actividades no estén destinadas a financiar actividades ilícitas.
Conflicto de Intereses
- Se define un conflicto de intereses como cualquier situación en la que una decisión empresarial pueda verse influenciada por intereses personales del personal o directiva de la empresa.
- Se establecen las siguientes obligaciones para evitar conflictos de intereses:
- Evitar realizar transacciones personales con la empresa que puedan influir en decisiones comerciales.
- No utilizar el nombre de la empresa para realizar operaciones privadas que puedan generar un conflicto de intereses.
- No utilizar activos de la empresa o información confidencial para beneficio personal.
- Todo el personal está obligado a comunicar cualquier situación que pueda constituir un conflicto de intereses al Compliance Officer para su evaluación y gestión adecuada.
Personas Vinculadas
- Se consideran personas vinculadas a los miembros de la empresa aquellas que mantienen relaciones de parentesco o afectividad con el personal o directiva. Esto incluye, entre otros:
- Cónyuges o parejas con relaciones de afectividad o similar.
- Ascendientes, descendientes y hermanos del cónyuge o pareja.
- Cónyuges de ascendientes, descendientes y hermanos.
- Las personas vinculadas están sujetas a las mismas normas y regulaciones que el personal directo en lo que respecta a la conducta ética y el cumplimiento de las políticas de la empresa.
Obsequios, Regalos e Incentivos Comerciales
- Se prohíbe el ofrecimiento de obsequios, regalos o incentivos de valor a clientes, proveedores y colaboradores que puedan influir en decisiones comerciales.
- Es especialmente importante evitar el envío de regalos a funcionariado público, ya que esto podría interpretarse como un intento de influir en su comportamiento o decisiones.
- Los descuentos o incentivos comerciales solo se permitirán si están basados en criterios objetivos y se aplican de manera justa y equitativa a todos los clientes o proveedores.
- Se establecen condiciones específicas para la aceptación de comidas de trabajo, como la necesidad de que la reunión tenga un propósito comercial legítimo y que no se exceda en el valor o la frecuencia de estas reuniones.
- Se establece un límite máximo de valor para los regalos aceptables, que no debe superar los 50 euros. Cualquier regalo recibido que exceda este límite deberá ser devuelto al remitente para evitar conflictos de intereses o percepciones indebidas.
Pagos de Facilitación o de Trámite
Se prohíben los pagos destinados a agilizar trámites administrativos o procesos legales. Esto incluye cualquier forma de soborno o pago ilegal a funcionariado público o representantes de entidades gubernamentales con el fin de obtener un trato preferencial o acelerar procedimientos.
Gastos de Viaje y de Representación
- Se establecen directrices claras para la gestión y control de los gastos relacionados con viajes y representación de la empresa.
- Esto incluye la necesidad de justificar la necesidad comercial de los viajes y obtener la aprobación previa para cualquier gasto relacionado con actividades de representación de la empresa.
Control del Efectivo y Registro de Pagos
- Se definen procedimientos específicos para el control del efectivo y el registro adecuado de todos los pagos realizados por la empresa.
- Esto puede incluir la implementación de sistemas de seguimiento y auditoría para garantizar la transparencia y la integridad en todas las transacciones financieras.
Proveedores, Distribuidores, Agentes, Joint Ventures y Alianzas
- Se establecen normas y regulaciones claras para regular las relaciones comerciales con proveedores, distribuidores, agentes, empresas conjuntas y otras alianzas comerciales.
- Esto incluye la necesidad de realizar una debida diligencia exhaustiva antes de establecer relaciones comerciales con terceros para garantizar su integridad y cumplimiento de las políticas anticorrupción de la empresa.
Fusiones y Adquisiciones
- Se establecen controles adicionales para evaluar y mitigar los riesgos de corrupción en procesos de fusiones y adquisiciones.
- Esto puede incluir la realización de auditorías exhaustivas y la implementación de salvaguardas adicionales para garantizar que la empresa adquirida cumpla con los estándares éticos y legales de la empresa matriz.
Controles
- Se establecen mecanismos de control y supervisión continua para garantizar el cumplimiento efectivo de todas las políticas y regulaciones anticorrupción.
- Esto puede incluir la designación de un equipo de cumplimiento dedicado, la implementación de sistemas de monitoreo y auditoría, y la realización de revisiones periódicas para identificar y abordar cualquier brecha en el cumplimiento.
Actualización y Mejora
- Se establece un compromiso con la revisión y mejora continua de la política anticorrupción de la empresa.
- Esto incluye la adaptación de la política a nuevas regulaciones y mejores prácticas empresariales, así como la implementación de cambios en respuesta a lecciones aprendidas de incidentes pasados o nuevas amenazas identificadas.
Puedes ver la información consultando el siguiente enlace que le llevará al pdf.